Hart, H.L.A.
Derecho y Moral. Contribuciones a su Análisis
Derecho y Moral. Contribuciones a su Análisis
- Editorial: Ediciones Olejnik
- Edición: Primera
- Formato: 23 cm x 16 cm
- ISBN: 9789563929003
- SKU: 69285
- Año: 2020
- Encuadernación: Rústica
- Páginas: 170
Las normas jurídicas, aunque fueran moralmente inicuas, continuarían (en la medida en que este punto está en juego) siendo normas jurídicas. La única diferencia que traería aparejada la aceptación de este punto de vista acerca de la naturaleza de los juicios morales, sería que la iniquidad moral de tales normas es algo que puede ser demostrado; de una proposición acerca de lo que la regla exige que se haga se inferiría que la regla es moralmente mala y que por lo tanto no debiera ser derecho, o a la inversa, que es moralmente buena y que debiera ser derecho. Pero la demostración de esto no probaría que la regla no es, o es, derecho. La prueba de que los principios por cuyo medio aprobamos o desaprobamos las leyes son racionalmente descubribles y no constituyen meros “fiats de la voluntad”, deja intacto el hecho de que hay normas jurídicas que pueden contener cualquier grado de iniquidad o de torpeza y, no obstante ello, ser normas jurídicas. Y a la inversa, que hay reglas que gozan de todas las calificaciones morales para ser normas jurídicas y que sin embargo, no lo son.
En ningún sistema jurídico el alcance de las reglas está restringido al conjunto de los elementos concretos que estaban presentes, o se cree que estaban presentes, en la mente de los legisladores; esta es en verdad una de las diferencias importantes que existen entre una regla jurídica y una orden. Sin embargo, cuando con conciencia de ello las reglas se aplican a ejemplos que van más allá de lo que los legisladores consideraron o pudieron haber considerado, su extensión a casos nuevos se presenta a menudo no como una elección deliberada o un “fiat” de aquellos que así interpretan la regla. No aparece como una decisión de dar a la regla un significado nuevo o extendido, ni como una conjetura de lo que los legisladores, quizá muertos en el siglo XVII, hubieran dicho, de estar vivos, en el siglo XX. Más bien, la inclusión del nuevo caso bajo la regla toma su Jugar como una elaboración natural de esta, con algo que complementa un “propósito” que parece natural atribuir (en algún sentido) a la regla misma más bien que a cualquier persona viva o muerta.
Herbert L. A. Hart