Budinich Cortada, Edmundo
Seguridad privada para profesionales. Contiene Ley N° 21.659, de 21 de marzo de 2024 y sus dos Reglamentos
Seguridad privada para profesionales. Contiene Ley N° 21.659, de 21 de marzo de 2024 y sus dos Reglamentos
- Edición: 2da edición actualizada
- Formato: 23,5 x 17 cm
- ISBN: 9789560972101
- Año: 2024
- Encuadernación: Tapa blanda
- Páginas: 630
El presente texto comprende la Nueva Ley de Seguridad Privada con sus nuevos Reglamentos, que entrarán en vigencia seis meses después de su publicación y las normas actualmente vigentes. Se encuentra estructurado en seis partes:
La Primera Parte contiene los primeros artículos de la Constitución Política de la República de 1980 y de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, donde se encuentran las bases que regulan la Seguridad Privada en Chile.
La Segunda Parte contiene la Ley N°21.659, de 21 de marzo de 2024 y sus dos reglamentos.
En la Tercera Parte se encuentran las últimas normas vigentes, es decir el Reglamento que dicta nuevos estándares para personas, personal y empresas que reciben servicios o realizan actividades de Seguridad Privada aprobado por Decreto Supremo N°867, de 13 de Julio de 2017 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Manual Operativo en materias de Seguridad Privada, aprobado por Decreto Supremo N° 261, de 27 de febrero de 2020, del mismo Ministerio.
En la Cuarta Parte se recopilan diversas disposiciones (leyes y decretos supremos) que versan sobre la Seguridad Privada, es decir, sobre los vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, rondines, nocheros y similares, cajeros automáticos, empresas de transporte de valores y alarmas.
La Quinta Parte incluye la Ley N° 19.327, de 31 de agosto de 1994, sobre derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional y su reglamento (más conocida como la Ley de violencia en los estados).
La Sexta Parte comprende la Ley N° 19.303, de 13 de Abril de 1994, que estableció medidas mínimas de seguridad que deben adoptar los establecimientos que reciban, mantengan o paguen valores o dinero cuando los montos sean iguales o superiores a 500 UF (y, además , todas las estaciones de servicio o servicentros)
En la Séptima Parte se incluye la Ley de Control de Armas y Elementos Similares y las resoluciones de la DGMN que regulan el uso de elementos de autoprotección y el comodato de las armas de fuego
Todas las disposiciones se encuentran debidamente actualizadas.